¿Qué tipo de inscripciones debe realizar un estudiante del
I.S.N.S.C?
Una vez que el alumno ingresante ha registrado su inscripción a la carrera no
debe realizar ninguna otra inscripción durante el primer cuatrimestre.
Al comenzar el 2do cuatrimestre debe realizar la inscripción a las materias que
decida cursar en el 2do cuatrimestre.
A diferencia de los ingresantes, los estudiantes de 2do, 3er y 4to año deben
realizar la inscripción anual y las inscripciones a la materias anuales y
cuatrimestrales que solicite cursar.
¿Qué es la inscripción anual?
Cada año, los estudiantes de 2do, 3er y 4to deben realizar la inscripción a la
carrera que se encuentra cursando y abonar la matrícula anual. Es un trámite
obligatorio.
E-mail de Administración para consultas referidas a
pagos y estados de deuda del estudiante inscripciones.isnsc@gmail.com
¿Cuándo se realiza?
En las fechas que estipula el calendario académico de cada año. El mismo se
publica en nuestra página web.
¿Cuál es el procedimiento?
Se realiza de manera muy sencilla por medio de la página web institucional
(www.isnsc.com.ar) en Sección Alumnos, completando y enviando el formulario:
“Inscripción Anual” con los datos que se solicitan.
¿Cuáles son los requisitos para poder acceder a la inscripción anual?
Para poder realizar la inscripción anual se debe ser alumno regular de la carrera,
caso contrario se deberá solicitar la readmisión según lo establece el Régimen
Académico. (Art 14; 15;16 y 17 RAI).
¿Cuáles son los requisitos para ser alumno regular de la carrera y poder
acceder a la inscripción anual?
Se adquiere la condición de “alumno regular” cuando se cumplió durante el 1er
año con los requisitos establecidos en el artículo 19º respecto de la
aprobación una (1) unidad curricular del plan de estudios vigente, sea este
cuatrimestral o anual. Para mantener dicha condición en los años siguientes
deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Aprobar anualmente al menos una
(1) unidad curricular y regularizar otras dos (2) salvo que, por razones de
viajes, comisiones de estudio, comisión de servicios, previa y formalmente
autorizadas, o enfermedad de largo tratamiento no pudiera cumplir con dichas
exigencias. b) Actualizar anualmente su inscripción en la/las carreras. c)
Registrar la inscripción para cursar los espacios curriculares anuales o
cuatrimestrales, en las fechas estipuladas en el Calendario Académico
Institucional.
¿Qué pasa si no realizo la inscripción a matrícula anual?
Se pierde la condición de alumno regular y se debe solicitar la readmisión a la
carrera. Secretaría Académica evaluará dicha solicitud y sólo puede otorgarse
en dos oportunidades a lo largo de la carrera.
¿La readmisión devuelve la condición de Alumno Regular?
NO. La readmisión a la carrera permite y habilita al alumno a cursar y rendir
materias para obtener la condición de Alumno Regular. Mientras tanto no será
posible solicitar certificados de alumno regular.
¿Qué es la inscripción a materias anuales y cuatrimestrales? Son
las inscripciones a las materias que cada estudiante decide cursar, anuales o
cuatrimestrales
¿Cuándo se realizan? En las fechas establecidas por el calendario
académico institucional que se publica oportunamente.
¿Cuál es el procedimiento?
El procedimiento es muy sencillo, ingresando a la página web institucional (www.isnsc.com.ar)
y completando y enviando el formulario “Inscripción a cursar” con todos los
datos solicitados.
¿Cuáles son los requisitos para realizar las inscripciones a materias?
Tener regularizadas o aprobadas las materias denominadas “correlativas” según
régimen de correlatividades de cada carrera.
¿Qué pasa si no se realiza la inscripción a cursar?
El alumno que no realiza la inscripción a cursar en
las fechas previstas no figurará en actas de cursado y por lo tanto no podrá
acceder a la regularidad o la promoción de ninguna materia.
¿Qué son los Planes de Estudio?
Los planes de estudio contienen la caja curricular correspondiente a las
materias de cada profesorado. Se aprueban por resolución Ministerial de la
Jurisdicción y tienen validez nacional.
¿Qué es el Trayecto de Formación Cristiana?
Es un recorrido formativo compuesto por cuatro materias distribuidas desde
primero a cuarto año. Forma parte del ideario institucional de formación
docente católica que complementa la formación general. No figura en el plan de estudios,
pero su cursada es obligatoria.
¿Qué son las materias correlativas?
Son las materias que se requieren tener “regularizadas o aprobadas” para cursar
y/o rendir las posteriores. Cada carrera tiene su régimen de correlatividad
específico aprobadas por resolución rectoral, que pueden encontrar en la página
web. El trayecto de formación cristiana también posee un régimen de
correlatividades.
¿Qué sucede si no se han regularizado o aprobado las materias correlativas
al iniciar la cursada?
El estudiante puede comenzar a cursar las materias del 1er o 2do cuatrimestre y
regularizar posteriormente la situación académica rindiendo en los turnos
especiales habilitados en el 1er y 2do cuatrimestre. Luego de regularizar la
situación debe registrar la inscripción en las fechas habilitadas para estos
casos.
¿Se puede cursar adeudando materias de secundario?
Nuestro
régimen académico permite que los Ingresantes a la carrera puedan cursar las
materias correspondientes al primer cuatrimestre únicamente en condición
Regular, pero sin acceder a rendir exámenes finales hasta que se presente el
Certificado de Finalización de Estudios Secundarios Completos.
¿Cuál es el plazo para aprobar materias
previas?
La
fecha límite para la presentación del Certificado de Finalización de Estudios
es 31 de julio del año de ingreso a la carrera.
¿Qué sucede si no se presenta la
documentación requerida?
De no
presentar la documentación correspondiente el alumno perderá la posibilidad de
continuar cursando materias y no podrá rendir exámenes finales.
¿Qué tipo de regímenes de cursada existen?
Existen tres tipos de regímenes: regular, promocional y libre. La
condición regular significa que el estudiante tiene acceso al examen final de
la materia regularizada en los turnos habilitados por calendario académico. La
regularidad dura 2 años académicos y se puede pedir una prórroga de 1 año
debidamente justificada. La condición promocional significa que el estudiante
no debe rendir un examen final aprobando la materia durante el cuatrimestre. El
régimen libre implica realizar los Trabajos Prácticos del último programa en
vigencia y luego rendir una instancia escrita y oral.
¿Cuál es el porcentaje de asistencia a clases necesario para
regularizar o promocionar las materias? y ¿para las Prácticas Docentes y
Residencia Profesional?
Para regularizar una materia se
debe tener el 70% de asistencia y para promocionar un 80%. Para las Prácticas
Docentes y Residencia Profesional se debe asistir al 80% de las clases en el
instituto y el 100% en las escuelas donde se realizan las Prácticas. No se
admite en las Prácticas Docentes y Residencia la condición regular.
¿Con cuántos puntos se aprueban las instancias de evaluación previstas
para acceder a la acreditación con examen final?
Para regularizar se debe aprobar
con nota 4 (corresponde a un 60%) los Trabajos Prácticos y Parciales. Todos tienen su posibilidad de recuperación.
¿Con cuántos puntos se aprueban las instancias de evaluación previstas
para la promoción de una materia sin examen final?
Para promocionar se requiere
aprobar con nota 7 (siete) las instancias evaluativas. Sólo se puede recuperar
una instancia.
¿Se contempla la situación de
estudiantes que trabajan o alumnas embarazadas?
Sí, se contempla una reducción en
el porcentaje de asistencia. El 60% para regularizar la materia y 70% para
promocionar.
¿Cuál es el plazo de regularidad de una materia?
La regularidad tiene una duración
de tres años académicos a partir de la cual el alumno queda en condición libre
¿Cuántos turnos y llamados de examen hay en la
institución y cuántas veces se puede presentar un alumno?
Hay 8 turnos de exámenes según calendario
académico jurisdiccional. El estudiante se puede presentar a rendir todas las
veces que solicite mientras dure la regularidad de la materia. Pasado ese
tiempo sin aprobar la/s materia/s deberá recursar o rendir en condición libre
siempre y cuando la materia admita dicha condición.
¿Cómo se accede a
rendir?
Es condición indispensable ser alumno regular del Instituto y haber
realizado la inscripción a rendir en las fechas estipuladas en Calendario.
Además, tener aprobadas las materias que solicita el régimen de
correlatividades. Es obligación y responsabilidad del alumno corroborar las
inscripciones en las listas que se publican una vez finalizado el período de
inscripción.
¿Qué pasa si no se
realiza la inscripción a rendir?
El alumno que no realiza la inscripción a rendir en el tiempo
estipulado no figurará en actas de exámenes y por ende no podrá acceder al
examen final.
¿Cómo se accede a
un examen libre?
El alumno deberá presentar y aprobar los trabajos prácticos
correspondientes a la materia diez días hábiles antes de la fecha de examen. El
examen será escrito y de aprobar el mismo pasará a la instancia oral. Ambas
instancias se deben aprobar de manera independiente con nota 4 (60%).
¿Cuántas materias
se pueden rendir en condición libre?
Art.24: Excepciones al régimen de examen libre:
a) No podrán acreditarse en calidad de libres las unidades curriculares
correspondientes al campo de la Práctica Profesional ni aquellas cuyos
formativos impliquen prácticas de taller, laboratorio o trabajo de campo.
b) Sólo se podrá rendir examen final en situación de libre, el sesenta por
ciento (60%) de los espacios curriculares del plan de estudios, de los cuales
un veinte por ciento (20%) corresponderá al campo de Formación Específica y un
cuarenta por ciento (40%) para el campo de Formación General.
¿Hay que
inscribirse en los coloquios?
No. Los coloquios se toman dentro de la última semana de cursado y no
requiere inscripción porque no es considerado un examen final sino un trabajo
integrador final de la materia.
¿Quién puede solicitar la historia académica del estudiante?
Los trámites son personales. El
estudiante que realiza su inscripción declara sus datos a modo de declaración
jurada y es la única persona a la que se le brindará información sobre su
condición académica. Los trámites que realice serán a título personal y la
comunicación será exclusivamente con el estudiante. La vía de comunicación
oficial es a través del Departamento de estudiantes.
¿A quién debo comunicar la modificación del correo electrónico?
Al departamento de Estudiantes y a los equipos docentes de las materias
que se encuentre cursando.
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